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    Las PyMEs argentinas enfrentan un laberinto tributario con 62 obligaciones anuales

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    Las pequeñas y medianas empresas (PyMEs) en Argentina se ven obligadas a cumplir con un total de 62 obligaciones tributarias cada año, según un informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF) y la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC). Este panorama revela la complejidad del sistema fiscal que enfrentan estas entidades.

    El Vademécum tributario argentino de PyMEs 2026 indica que las empresas deben gestionar 34 tributos distintos y 28 regímenes de percepción, retención e información. Entre los impuestos nacionales, se destacan el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto a las Ganancias y otros relacionados con importaciones y exportaciones.

    A nivel provincial, las PyMEs deben hacer frente a ocho tributos, entre ellos el Impuesto sobre los Ingresos Brutos (IIBB) y el Impuesto Inmobiliario. En el ámbito municipal, los 10 tributos incluyen la Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene y diversas tasas inmobiliarias.

    Comparado con el relevamiento del año anterior, la cantidad de tributos aplicables se redujo de 37 a 34, gracias a la eliminación de impuestos internos sobre seguros y telefonía celular. Sin embargo, el reporte señala que solo una de estas reducciones representó un alivio generalizado para las empresas.

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    El estudio tomó como referencia una PyME típica, constituida como S.R.L., que realiza actividades de importación y exportación, y enfrenta tributos tanto directos como indirectos que se reflejan en los costos de servicios básicos.

    El informe también resalta cómo los 28 regímenes de percepción, retención e información generan importantes obstáculos a la competitividad. Las PyMEs deben destinar recursos significativos a cumplir con estas obligaciones, lo que puede resultar en sanciones por incumplimientos.

    Finalmente, se menciona el problema de los saldos a favor acumulados, que, debido a la burocracia en los trámites de devolución, se convierten en un incremento encubierto de las alícuotas tributarias.

    Fuente: NA

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